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Bono de Escolaridad

publicado a la‎(s)‎ 12 mar 2013, 13:43 por Departamento Informatica   [ actualizado el 31 may 2013, 7:42 por Usuario desconocido ]
Descripción bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla
Les informamos que el Bono Escolar 2013 otorgado por el Estado de acuerdo a la Ley 20.642, se 
concederá, por una sola vez, un bono de escolaridad no imponible ni tributable, a funcionarios que reciban una remuneración bruta que no exceda de $1.927.314. Este bono se pagara por cada hijo que tenga entre cuatro y veinticuatro años de edad, que sea carga familiar reconocida, y siempre que se encuentren cursando estudios regulares en los niveles de pre-básica del 1º nivel de transición, 2º nivel de transición, educación básica o media, educación superior o educación especial, en establecimientos educacionales del Estado o reconocidos por éste. El monto del bono ascenderá a la suma de $ 55.526.-, el que será pagado en dos cuotas iguales de $27.763.- cada una, la primera en marzo y la segunda en junio del año 2013.

Del mismo modo, de acuerdo al art. 14 de la misma Ley, se concederá una bonificación adicional al bono de escolaridad de $23.224.-, por cada hijo que cause este derecho, cuando a la fecha del pago del bono, los funcionarios tengan una remuneración líquida igual o inferior a $580.466.- la que se pagará con la primera cuota del bono de escolaridad respectivo.

A fin de acreditar la condición de alumno regular de las respectivas cargas familiares, en especial de los hijos entre 18 y 24 años de edad que deben demostrar estar estudiando para prolongar su calidad de carga familiar, se solicita hacer llegar al Depto. de Gestión de Personas (Sra. Sofía Almonacid) el Certificado de Alumno Regular, otorgado por los establecimientos educacionales respectivos, a más tardar el día 13 de Marzo de 2013.