El “Reglamento General de Higiene y Seguridad para los funcionarios de la Subsecretaría de Agricultura” se rige por la Ley
16.744[1] y sus decretos supremos. Éste establece las normas básicas de prevención de riesgos, y las disposiciones y medidas necesarias para
regular las relaciones de los funcionarios y la institución. Todo personal que tenga calidad de funcionario/a de la Subsecretaría de Agricultura, con desempeño en alguna de las dependencias de este servicio, deberá conocer y regirse por este reglamento y por aquellos que se dicten o encuentren vigentes a nivel local. A continuación se encuentran adjuntos documentos que deben ser de conocimiento y dominio de los profesionales funcionarios diurnos. [1] Ley 16.744 establece un seguro social contra Accidentes y Enfermedades profesionales a trabajadores/as del sector público, además de la preocupación permanente de esta cartera de Estado en mejorar la calidad de vida de la población funcionaria.
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